Entradas

SE INDEMNIZAN TRABAJADORES

Imagen
En el último mes laborable en Aguilar Cerón Atención jurídica logramos el cobro de algunas liquidaciones de personas que fueron despedidas injustificadamente de su empleo. En el primer caso, dos empleados fueron separados sin razón de sus puestos mientras laboraban para una empresa de telecomunicación. Se obtuvo comunicación con el jurídico en la capital y un posterior acuerdo para liquidarles debidamente. En el segundo, otro empleado, gestor en una diversa compañía de telecomunicación, también obtuvo el pago de sus derechos luego de que el patrón se negaba a ello. Aunado a esto, una empleada de una clínica de salud, que también fue separada de su empleo, obtuvo su liquidación luego de que la parte patronal amenazaba con denunciarle en el ámbito federal por el delito de falsificación de documentos. En este último caso se obtuvo la liquidación gracias a que el apoderado legal encargado de la audiencia se dio cuenta de que el abogado del patrón carecía de personalidad para repre...

SE LOGRA LA LIBERTAD DE TRES PERSONAS

Imagen
En diciembre del año anterior tres personas fueron detenidas en El Palmar porque se les acusó de secuestro. La noticia fue difundida en diversos medios de información, e incluso en la página oficial de una institución de seguridad pública. Se presumió esencialmente que la policía había logrado la aprehensión de tres secuestradores. Al tomar conocimiento del caso, los imputados informaron a la defensa de Aguilar Cerón Atención jurídica que los hechos habían ocurrido de manera diferente y que no habían secuestrado a ninguna persona. Partiendo de ello, ante el juez se logró desacreditar el tipo penal de secuestro pretendido por el Ministerio Público, así como un supuesto asalto y un robo, delitos también imputados. De esta manera, pocos días después de la detención, -el 13 de diciembre-, se obtuvo la libertad de los tres imputados, quienes en la actualidad se encuentran gozando de ella. Lo anterior se informa sólo para aclarar que el día de la aprehensión no sucedió un delito...

¿Cuándo es ilegal una detención?

La libertad, dijo en algún sitio Cervantes, es el bien estimado. Por ella conviene arriesgarlo todo, incluso la vida, pues aquella es tanto o igual valiosa que ésta última.             Tomando como base su gran valor, los tribunales ya han sostenido que después de la vida la libertad es el derecho que demanda mayor protección.             Por ello, ha sostenido la Primera Sala de la Corte, la limitación al derecho humano a la libertad personal es de carácter excepcionalísimo y su escrutinio del más estricto rigor.             Así, sólo puede coartarse el libre deambular de las personas con motivo de alguno de los supuestos previstos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.             Ello es: cuando exista caso urgente, se ejecute una ord...

EL DEBIDO PROCESO

Frente a la prueba ilícita Seguramente, como casi todas las personas, alguna vez oíste el término debido proceso .         Y tal vez, como la mayor parte de la gente no adentrada en la técnica jurídica, desconoces su significado, pero quizá le consideras importante, como en efecto lo es. Sin embargo, no te has detenido en su análisis, pues los abogados tenemos la mala costumbre de hacerlo todo lo complicado, y de ello no escapa el debido proceso. Pero no es tan difícil como parece, o al menos nuestra tarea aquí impuesta es demostrar que no lo es. Pretendemos explicar el concepto de forma brevísima y simple, y su relación con la prueba ilícita. Esperando cumplir con nuestro fin iniciamos: El debido proceso es un derecho fundamental, el cual se encuentra contemplado por el artículo 14, párrafo segundo, de nuestra Constitución Política. En palabras llanas, ha de traducirse como el derecho público subjetivo, con que cuenta toda perso...

Derechos en el procedimiento acusatorio penal

El principio de juicio previo y debido proceso presente en el sistema penal acusatorio implica que el procedimiento debe substanciarse en un marco de estricto respeto a los derechos humanos previstos en la Constitución, los tratados internacionales y las leyes aplicables.             Esto nos lleva a considerar que existe un catálogo inmenso de derechos que deben asistir a las partes, principalmente al imputado, en el proceso penal. Su indagación sería exhausta y profunda. Ello aunado a que no bastaría enunciar los derechos; habría que explicarles, y en cada explicación podría haber sitio, al menos, para un libro entero.             Pero nuestro trabajo no se dirige a ello. Nuestro trabajo es más simple. Más modesto. Más humilde, y sólo se limita, en su conjunto, y como se ha dicho antes, a un estudio general del Código Nacional de Procedimientos Penales.   ...

Características y principios del sistema procesal penal

Iniciaremos ahora con un estudio íntegro, -y sin embargo general-, del Código Nacional de Procedimientos Penales, ordenamiento cuyo objeto es establecer las normas que regirán el proceso punitivo, el cual, a su vez, busca cuatro fines: a) esclarecer los hechos, b) procurar que el culpable no quede impune; c) proteger al inocente, y d) que se repare el daño ocasionado, finalidades previstas, además, en el artículo 20 constitucional. Características                Bien, el proceso penal actual es acusatorio y es oral. Éstas son sus características.           Que sea acusatorio significa que el sistema procesal se finca en la presunción de inocencia, pues la carga para demostrar la responsabilidad del procesado, más allá de toda duda razonable, corresponde a la fiscalía.             Por ello el juzgador sólo puede actuar como es...